1. ¿Pueden ser bautizados en la Iglesia Católica los hijos de padres ortodoxos nacidos, bautizados y casados en la Iglesia Ortodoxa?

Los fieles ortodoxos deben acudir a su Iglesia y a sus ministros para solicitar sacramentos y atención espiritual, máxime cuando dentro de la demarcación diocesana existen dos parroquias del Patriarcado de Rumanía, San Nicolás de Castellón y San Juan Crisóstomo de Villareal; y una Comunidad ortodoxa del Patriarcado de Moscú, en la Ribera de Cabanes.

Pero si uno de los padres es católico, debe este, aunque haya casado por la Iglesia Ortodoxa, hacer todo lo posible por educar a los hijos en la Iglesia Católica. A eso se compromete siempre la parte católica en los matrimonios mixtos.

Además, no podemos aceptar que motivos de índole cultural, o circunstancial, como la permanencia en el territorio de los emigrantes en una sociedad mayoritariamente católica, sirvan de pretexto para admitir a los ortodoxos a los sacramentos en nuestra Iglesia. La relación con las Iglesias Orientales debe basarse en la confianza y respeto mutuo. Por lo tanto, no sólo estamos obligados a respetar nuestros compromisos bautismales sino también tenemos el deber de respetar los compromisos asumidos por los hermanos que pertenecen a otras Iglesias.

Otra cuestión muy distinta es el derecho que todo cristiano tiene, por razones de conciencia, a decidir libremente entrar en la plena comunión católica (UR, nº 4; CEO, can. 896-901). Estos casos pueden ser expuestos al delegado de Ecumenismo quien informará sobre los trámites a realizar para que la admisión a la comunión católica se haga según lo previsto en derecho. Posteriormente, se remitirá al Obispo Diocesano la solicitud de incorporación a la plena comunión, cumplidas las pertinentes averiguaciones.

 

  1. ¿Los ortodoxos pueden ser padrinos en la celebración de los bautismos católicos?

Los padrinos deben pertenecer a la Iglesia en que uno es bautizado. Sin embargo, se puede admitir como testigo a un fiel de otra Iglesia cristiana pero sólo con otro padrino católico. (Pontificio Consejo para la promoción de la Unidad de los Cristianos, Directorio para la aplicación de los principios y normas sobre el Ecumenismo, 1993, 98a); en el caso de los padrinos ortodoxos en el bautismo católico, dada la estrecha comunión existente entre la Iglesia Católica y las Iglesias Orientales Ortodoxas, está permitido que por una razón justa se admita a un fiel oriental como padrino juntamente con otro católico. (Directorio… 98b)

 

  1. ¿Los niños ortodoxos, hijos de padres ortodoxos, pueden ser admitidos a la catequesis de preparación para la primera comunión y participar en la celebración de la misma?

A la hora de abordar el tema de la Iniciación Cristiana en las Iglesias Orientales no podemos ignorar el hecho de que estas administran válidamente, y a la vez, los sacramentos del Bautismo, Confirmación y Eucaristía. Por lo tanto, no cabe hablar de admisión a la primera comunión de aquellos que ya han recibido el sacramento. Además, sabemos que la Iglesia Ortodoxa en Castellón también ofrece formación religiosa en la parroquia.

 

  1. ¿Pueden ser admitidos a las catequesis de preparación para la Confirmación los fieles de la Iglesia Ortodoxa y a su celebración?

Bajo ningún concepto puesto que los ortodoxos ya han recibido el sacramento de la Confirmación el día de su bautismo.

 

  1. ¿Cuáles son los compromisos que asumen los nubentes en los matrimonios mixtos relativamente a la educación de los hijos?

Sobre los matrimonios mixtos podemos consultar el Código de Derecho Canónico (1983) en sus canones 1124-1129; Matrimonia mixta (31 de marzo de 1970) y el Directorio para la aplicación de los principios y normas sobre el Ecumenismo, art. 143-160, (25 de marzo de 1993). Los documentos citados nos ofrecen la respuesta a las más habituales cuestiones que nos colocan.

En todo matrimonio la preocupación primera de la Iglesia es mantener la solidez y estabilidad del vinculo conyugal indisoluble y de la vida familiar que de él deriva. Por eso el matrimonio entre personas de la misma comunidad eclesial sigue siendo el objetivo que se ha de recomendar e impulsar.

Cuando, por causa justa y razonable, se pide permiso para contraer matrimonio mixto, ambas partes deben ser instruidas en los fines y propiedades esenciales del matrimonio que no deben ser excluidos por ninguna de las dos partes. Además, a la parte católica se le pedirá, según la forma establecida por el derecho particular de las Iglesias orientales católicas o por la Conferencia episcopal, declarar que está dispuesta a apartar los peligros de abandono de la fe y prometer sinceramente el hacer lo posible para que todos los hijos sean bautizados y educados en la Iglesia católica. Su pareja debe ser informada de dichas promesas y responsabilidades (CIC, can. 1125, 1126 y CCEO, can. 814, 815).

Los matrimonios mixtos que deseen contraer el sacramento en la Iglesia Ortodoxa, según su rito, deben instruir el expediente de la parte católica en su parroquia y solicitar al Obispo diocesano la dispensa de la forma canónica.

 

  1. ¿Pueden las parroquias dejar sus templos para celebraciones de otras confesiones religiosas?

En nuestra Iglesia, los templos religiosos se destinan solo y exclusivamente para la celebración del culto. Sin embargo, hay circunstancias o momentos de la vida parroquial que pueden justificar el uso del espacio para otras finalidades. Hasta el momento, no son frecuentes los encuentros ecuménicos en nuestras parroquias, pero sería conveniente, caso se produzcan, ponerlos en conocimiento de la delegación, quien puede asesorar, promover, divulgar y tomar parte en las mismas.

 

  1. ¿Qué documentación podemos consultar sobre Ecumenismo?

Pontificio Consejo para la promoción de la Unidad de los Cristianos, Directorio para la aplicación de los principios y normas sobre el Ecumenismo, 1993 (lo podéis descargar en internet)

 

Podéis consultar en la pagina de los Documentos de la Comisión de Relaciones Interconfesionales de la Conferencia Episcopal Española:

http://www.conferenciaepiscopal.es/documentos-interconfesionales/

 

«Confesamos un solo Bautismo para el Perdón de los pecados»Declaración de Reconocimiento recíproco del Bautismo entre la Conferencia Episcopal Española y la Iglesia Española Reformada Episcopal
— 22 de febrero de 2011

El matrimonio entre católicos y musulmanes. Orientaciones pastorales
XCII Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española — 28 de noviembre de 2008

Servicios pastorales a orientales no católicos. OrientacionesLXXXVI Asamblea Plenaria de la Conferencia Episcopal Española — 27-31 de marzo de 2006

 

OTRA DOCUMENTACIÓN DE INTERÉS

Carta circular del obispo presidente de la C. E. de Relaciones Interconfesionales, Mons. Adolfo González Montes (22 de mayo de 2017)

Religiones presentes en España

Documentación sobre:

matrimonios dispares

libertad religiosa

Iglesias no católicas presentes en España;
Validez y reconocimiento de los sacramentos;
Matrimonios Mixtos;
Carta ecuménica.

 

También podéis consultar documentación muy diversificada sobre Ecumenismo en la pagina del Vaticano:

vatica.va

 

Esperamos que estas orientaciones revisadas por nuestro Obispo os ayuden en el ejercicio de vuestro ministerio. Contad con nuestra disponibilidad para aclarar cualquier duda

 

Fiesta de la Presentación del Señor, 2 de febrero de 2018

Nuno Vieira

Delegado Diocesano de Ecumenismo